En el marco de la nueva situación, el Consejo Asesor de LABI ha dado luz verde a un nuevo Decreto, que hoy, 29 de diciembre, entra en vigor, y que, además de mantener las medidas vigentes, incorpora las siguientes decisiones:

  • El horario máximo de cierre para todas las actividades comerciales, sociales y culturales será a las 01:00 horas.
  • Con carácter general, se fija una limitación de aforos del 60% en todo tipo de establecimientos y recintos interiores.
  • El máximo de personas para cualquier tipo de evento social, cultural o deportivo es de 600 personas en interiores y 800 personas en exteriores. En recintos con capacidad entre 1.600 y 5.000 personas, el máximo en interiores es de 800 personas y de 1.200 en exteriores. En recintos con capacidad superior a 5.000 personas, el aforo máximo es del 50%, sin perjuicio de que sea de aplicación otro límite determinado en el ámbito estatal.
  • En establecimientos de hostelería y restauración, así como en las discotecas y resto de establecimientos de ocio nocturno, se prohíbe el consumo de pie. Se limitan las agrupaciones de clientes por mesa o grupo de mesas, tanto en interiores como en terrazas, a un máximo de 10 personas. La distancia entre mesas o grupo de mesas será de metro y medio. Estas mismas medidas son de aplicación a locales o lonjas juveniles, txokos y sociedades gastronómicas
  • La práctica deportiva en interiores deberá estructurarse en grupos de hasta 10 personas. Los vestuarios solo podrán ocuparse al 50%.
  • Los días 1 y 6 de enero de 2022 la apertura al público de los establecimientos comerciales o de hostelería y restauración, no podrá realizarse antes de las 08:00 horas.
  • Con carácter de recomendación se reitera que, entre el 31 de diciembre de 2021 y el 1 de enero de 2022, y entre el 5 y el 6 de enero de 2022, los encuentros familiares para celebrar las comidas y cenas navideñas se desarrollen sin superar el número de diez personas y reuniendo a un máximo de dos unidades familiares.

 

Las medidas se mantendrán hasta el 28 de enero, y a continuación se puede ver el citado Decreto: DECRETO_28dic2021