Esta mañana se ha publicadoen el Boletín Oficial del Estado, y mañana entrará en vigor, el Real Decreto Ley que flexibiliza el uso de la mascarilla.

 

A continuación, se citan las medidas más reseñables sobre dicha flexibilización:

  • – La mascarilla dejará de ser obligatoria en los exteriores en los que se pueda mantener una distancia de seguridad de metro y medio entre personas no convivientes.
  • – Seguirá siendo obligatoria en espacios cerrados de acceso libre, como lugares de trabajo, bibliotecas u hospitales, y en medios de transporte públicos, como avión, tren, tranvía, bus o metro.
  • – Para asegurar que nadie accede a espacios cerrados sin mascarilla, habrá que tener siempre una encima obligatoriamente.
  • – En cuanto a exteriores, las excepciones son los «eventos multitudinarios», como conciertos y manifestaciones. Si los conciertos se celebran con gente de pie y sin mantener la distancia de seguridad, la mascarilla será obligatoria. No será así si se organizan al aire libre y en asientos separados por un metro y medio.
  • – La nueva norma también exime de llevarlas, como hasta ahora, a las personas que acrediten algún tipo de afección respiratoria o de enfermedad incompatible con su uso.

 

A continuación se puede consultar el Real Decreto Ley publicado: REAL DECRETO LEY 13 2021