El Gobierno Vasco ha publicado hoy en el Boletín Oficial del País Vasco la orden de la Consejera de Salud que habilitará a Euskadi a exigir el Certificado COVID Digital en establecimientos ligados al ocio nocturno y a la restauración

 

El Certificado Covid Digital se podrá exigir en tres supuestos diferentes:

1.- Por un lado, en establecimientos destinados a ofrecer al público actividades de esparcimiento y baile como discotecas, salas de baile, salas de fiestas con espectáculo, bares musicales, karaokes, y todos los aquellos incluidos en el Grupo III y IV, según el Decreto 17/2019, de 5 de febrero.

2.- Por otro lado, también se podrá exigir en los pubs y bares especiales incluidos en el Grupo III y a partir de las 22:00 horas.

3.- Por último, también se exigirá en restaurantes con capacidad autorizada de plazas de comedor superior a 50 comensales.

 

He aquí el texto de la Orden publicada: Orden

 

Información sobre el certificado digital COVID:

Existen tres tipos de certificados: certificado de vacunación, certificado de recuperación y certificado de prueba negativa. En este sentido, en la página web de Euskadi.eus se recoge toda la información relativa al certificado así como su obtención:

:https://www.euskadi.eus/certificado-covid-digital-ue/web01-a3korona/es/.